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CSM Herencias

Honorarios de gestión

Cuánto cuesta renunciar a una herencia

Renunciar tiene dos costes y conviene no confundirlos: lo que cobra la notaría por la escritura y lo que cuesta que alguien prepare y coordine el trámite. Aquí están los dos, por separado.

Renunciar no cuesta impuestos, pero sí tiene gastos

Es la primera duda de casi todo el mundo, así que va delante: si renuncias pura y simplemente, y lo haces antes de aceptar, no pagas Impuesto sobre Sucesiones por esa herencia. No se hereda, no se tributa.

Lo que sí hay son gastos. La renuncia se formaliza en escritura pública ante notario, y la notaría cobra su arancel. Aparte van los honorarios de quien prepare la documentación, valore si la renuncia es la vía más adecuada y coordine la firma. Son dos facturas distintas, de dos destinatarios distintos, y aquí las verás siempre separadas.

Conviene no renunciar sin conocer antes el contenido de la herencia. La renuncia es irrevocable y tu parte pasa a quien corresponda por ley, que no siempre es quien tú imaginas: puede acabar en tus propios hijos. Si lo que te preocupa son las deudas, antes de renunciar conviene valorar la aceptación a beneficio de inventario, que protege tu patrimonio sin renunciar a lo que haya de positivo.

Hasta cuándo se puede renunciar

Mientras no hayas aceptado. Y aceptar no siempre es firmar un papel: hay actos que la ley entiende como aceptación tácita, como disponer de bienes de la herencia, cobrar cuentas o vender algo del caudal. Hecho eso, ya no se puede renunciar.

Por eso el orden importa. Si tienes dudas, no toques nada de la herencia hasta haberlo consultado: es el error más caro y el más frecuente. Los plazos de la herencia, con sus fechas, están en la calculadora de plazos.

Qué hacemos nosotros y qué cobra la notaría

  • Lo que hacemos nosotros: reunir los certificados, comprobar si hay testamento, revisar qué hay en la herencia y qué pasaría con tu parte si renuncias, preparar la documentación de la escritura y coordinar la firma con la notaría.
  • Lo que cobra la notaría: su arancel por la escritura de renuncia. Se paga a la notaría, no a nosotros, y se justifica con su factura.

Que esto se publique separado no es un detalle contable: es lo que te permite comparar. Un precio «todo incluido» de otro proveedor puede estar sumando el arancel notarial, y entonces no estás comparando lo mismo.

Lo que cuesta este trámite

229,90 €

Honorarios de gestión · IVA incluido

Incluye

  • Certificados de defunción, últimas voluntades y seguros
  • Comprobación del testamento, si lo hay
  • Revisión de qué ocurre con tu parte si renuncias
  • Preparación de la documentación de la escritura
  • Coordinación de la firma con la notaría

No incluye

  • El arancel de la notaría por la escritura de renuncia
  • La tramitación de la herencia para el resto de herederos

Este importe es sólo por este trámite. Si necesitas la herencia completa, puedes estimarla en la calculadora de honorarios.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales

¿Pagaré Impuesto sobre Sucesiones si renuncio?

No, si la renuncia es pura y simple y se hace antes de aceptar. No heredas, así que no tributas por esa herencia. Donde sí hay que mirar con cuidado es en la renuncia a favor de persona determinada: esa la trata la ley como si hubieras aceptado y después donado, con las consecuencias fiscales que eso tiene.

¿Se puede renunciar sin ir al notario?

No. La renuncia a la herencia debe hacerse en documento público ante notario. No vale un escrito privado ni un correo a los demás herederos.

¿Qué pasa con mi parte si renuncio?

Pasa a quien corresponda según el testamento o, si no lo hay, según el orden que fija la ley. No siempre es quien uno imagina: renunciar no se la deja automáticamente a tus hermanos, puede acabar en tus propios hijos. Es lo primero que se comprueba antes de firmar nada.

¿Puedo renunciar si ya he cobrado algo de la herencia?

Probablemente no. Disponer de bienes de la herencia, cobrar cuentas o vender algo del caudal se entiende como aceptación tácita, y una vez aceptada la herencia la renuncia ya no es posible. Si tienes dudas, no toques nada hasta haberlo consultado.

¿Y si lo que quiero es protegerme de las deudas?

Entonces renunciar puede no ser la mejor salida. La aceptación a beneficio de inventario limita tu responsabilidad a lo que haya en la herencia, sin que respondas con tu patrimonio, y te permite quedarte con lo que sobre si lo hay. Está explicado en herencia con deudas.

Antes de renunciar, que alguien mire lo que hay

Renunciar es irrevocable, y en la mayoría de los casos que vemos la decisión se toma por miedo a unas deudas que nadie ha llegado a contar. Revisar antes qué hay, qué se debe y a quién pasaría tu parte cuesta menos que una renuncia mal planteada.

Si al final la herencia completa es lo que necesitas, puedes estimarla en la calculadora de honorarios, sin dejar ningún dato personal.

Gratis y sin compromiso

Estimación para una herencia con deudas

Antes de aceptar conviene saber a qué te expones. Estos datos nos dicen qué plazo tienes y qué opciones siguen abiertas. Respondemos en menos de 24 horas. La estimación es gratuita y orientativa. El presupuesto cerrado y por escrito se prepara tras la primera consulta.

Desde esa fecha corren los seis meses del Impuesto sobre Sucesiones y, si hay inmuebles, los de la plusvalía.

Cuenta también haber dispuesto de dinero o bienes del fallecido, aunque no se firmara nada.

Es la pregunta que decide desde cuándo cuenta el plazo para pedir el beneficio de inventario. Por eso la hacemos aparte.

Aunque sea de forma aproximada: hipoteca pendiente, préstamos, deudas con Hacienda, reclamaciones recibidas…

Información básica sobre protección de datos

Responsable: Cristian Sánchez Marín (CSM Herencias). Finalidad: estudiar tu caso, enviarte una estimación orientativa de honorarios y responder a tus dudas sobre ella. Legitimación: la aplicación, a petición tuya, de medidas previas a un posible contrato (art. 6.1.b RGPD). Destinatarios: No se ceden a terceros salvo obligación legal. Usamos proveedores tecnológicos que tratan los datos por nuestra cuenta. Derechos: puedes acceder a tus datos, rectificarlos, suprimirlos y ejercer los demás derechos escribiendo a csm.herencias@gmail.com. Información completa en la política de privacidad.